Ser autónomo en España cuesta la cuota mensual a la Seguridad Social más los impuestos de la actividad. En 2026 la cuota se calcula sobre los rendimientos netos reales mediante un sistema de 15 tramos, con un tipo de cotización del 31,5 %, y se mueve aproximadamente entre los 200 € y los 600 € al mes según lo que ganes. Quien empieza puede pagar 80 € al mes durante los primeros 12 meses con la tarifa plana, prorrogables otros 12 si los rendimientos no superan el SMI (17.094 € anuales en 2026).
La pregunta que llega a la oficina nunca es «cuánto cuesta ser autónomo». Es: «¿cuánto voy a pagar yo?». Y la respuesta ya no es una cifra única para todos, porque desde 2023 la cuota depende de lo que ganas de verdad.
¿Cuánto se paga de cuota de autónomo en 2026?
Depende de tu tramo de rendimientos netos. El sistema de cotización por ingresos reales establece 15 tramos: cuanto más ganas, mayor es tu base mínima de cotización y mayor la cuota. En 2026 la horquilla va desde algo más de 200 € al mes en el tramo más bajo hasta cerca de 600 € en el más alto.
Dos matices que conviene tener claros:
- La tabla de tramos se publica cada año con los Presupuestos o la norma que corresponda. Antes de hacer cuentas para el ejercicio, conviene confirmar la vigente.
- El MEI sube al 0,9 % en 2026. Es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, un recargo sobre la base de cotización que en el caso del autónomo asume él íntegramente.
Puedes cambiar de tramo hasta seis veces al año si tu previsión de ingresos varía, y conviene hacerlo: cotizar por encima de lo que ganas es tirar dinero, y cotizar por debajo genera una regularización a pagar al año siguiente.
¿Cómo se calculan los rendimientos netos que fijan tu tramo?
No son tus ingresos ni tu facturación. Los rendimientos netos se calculan así:
- Suma todos los ingresos de la actividad del año.
- Resta los gastos deducibles afectos a la actividad.
- Suma la cuota de autónomo que has pagado, porque en este cálculo concreto se incorpora.
- Aplica una deducción adicional del 7 % por gastos de difícil justificación, o del 3 % si eres autónomo societario.
- Divide el resultado entre 12 para obtener el rendimiento neto mensual que determina tu tramo.
Ese paso 4 se olvida constantemente y baja el tramo de bastante gente. Si tienes varias actividades, se suman los rendimientos de todas.
¿Qué es la tarifa plana de 80 euros y quién puede pedirla?
Es la cuota reducida para quien empieza: 80 € al mes durante los primeros 12 meses de actividad, sea cual sea tu tramo de rendimientos. Para acceder tienes que cumplir tres condiciones:
- No haber estado dado de alta como autónomo en los dos años anteriores. Son tres años si ya disfrutaste de la tarifa plana antes.
- Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y con Hacienda.
- No ser autónomo colaborador, que tiene su propio régimen de bonificaciones.
La tarifa plana hay que solicitarla al darse de alta: no se aplica sola. Es uno de los descuidos más caros que vemos, porque no se puede reclamar con efectos retroactivos una vez pasado el momento del alta.
¿Se puede prorrogar la tarifa plana un segundo año?
Sí, otros 12 meses, pero con una condición económica: que tus rendimientos netos del primer año no superen el salario mínimo interprofesional, fijado en 17.094 € anuales para 2026 según el Real Decreto 126/2026.
La prórroga tampoco es automática. Hay que solicitarla a través del portal Importass de la Seguridad Social, identificándote con Cl@ve o DNIe, y conviene hacerlo antes de que termine el primer periodo bonificado. Si superas el SMI, pasas directamente a cotizar por tu tramo real.
¿Qué impuestos paga un autónomo además de la cuota?
La cuota es solo una parte del coste. Un autónomo en estimación directa presenta:
| Obligación | Modelo | Periodicidad |
|---|---|---|
| Pago fraccionado del IRPF | 130 | Trimestral |
| IVA repercutido y soportado | 303 | Trimestral |
| Retenciones a profesionales o alquileres | 111 y 115 | Trimestral |
| Resumen anual de IVA | 390 | Anual |
| Resumen anual de retenciones | 190 | Anual |
| Declaración de la renta | 100 | Anual |
El pago fraccionado del IRPF es del 20 % del rendimiento neto acumulado, y se descuenta después en la declaración anual. El detalle de cada uno está en nuestras guías del modelo 130 y del modelo 303 de IVA.
Y un gasto que casi nadie contabiliza al empezar: la gestoría, el seguro de responsabilidad civil si tu actividad lo requiere y las cuotas de colegios profesionales. De esa primera partida damos cifras concretas en nuestra guía sobre lo que cuesta una gestoría en Palma de Mallorca.
¿Qué pasa si te equivocas al elegir el tramo?
No pasa nada grave, porque el sistema está pensado para regularizarse. Al año siguiente, la Tesorería General de la Seguridad Social cruza tus rendimientos reales declarados en la renta con lo que has cotizado:
- Si cotizaste de menos, te reclaman la diferencia sin recargo, siempre que la abones en el plazo indicado.
- Si cotizaste de más, te devuelven el exceso de oficio, normalmente antes de que acabe el ejercicio siguiente.
Por eso lo sensato no es acertar al milímetro, sino ir ajustando el tramo durante el año conforme veas cómo evoluciona tu actividad. Las seis modificaciones anuales están para eso.
Cuándo NO compensa seguir siendo autónomo
- Cuando el beneficio se estabiliza por encima de los 50.000-60.000 € anuales: a partir de ahí el tipo del IRPF suele superar al del impuesto sobre sociedades, y conviene estudiar el salto. Lo analizamos en cuándo conviene pasar de autónomo a sociedad limitada.
- Cuando la actividad implica un riesgo patrimonial alto, porque el autónomo responde con todo su patrimonio personal.
- Cuando la actividad es tan esporádica que no llega ni a cubrir la cuota: ahí lo que toca es replantear si hay actividad económica real o no.
Preguntas frecuentes sobre el coste de ser autónomo
¿Hay que pagar la cuota de autónomo aunque no factures nada ese mes?
Sí. La cuota se devenga por estar de alta en el RETA, no por facturar. Si un mes no tienes ingresos, sigues pagando la cuota del tramo que tengas asignado. Lo que puedes hacer es ajustar tu tramo a la baja de cara a los meses siguientes, o valorar la baja temporal si la actividad se interrumpe de verdad.
¿La cuota de autónomo se puede deducir en la declaración?
Sí. Las cuotas pagadas a la Seguridad Social son un gasto deducible de la actividad económica, y se restan de los ingresos para calcular el rendimiento neto tanto en los pagos fraccionados como en la declaración anual. Es uno de los gastos deducibles más claros que existen.
¿Cuántas veces puedo cambiar mi base de cotización al año?
Hasta seis veces al año, con efectos desde el primer día del bimestre siguiente a la solicitud. El cambio se hace desde Importass y no requiere justificar nada: basta con indicar la nueva previsión de rendimientos. Conviene revisarlo al menos dos veces al año, en junio y en octubre.
¿Qué diferencia hay entre la cuota de un autónomo normal y la de un autónomo societario?
El autónomo societario, que es quien tiene el control efectivo de una sociedad, tiene una base mínima de cotización superior a la del autónomo individual del tramo más bajo, así que su cuota mínima es más alta. Además, la deducción por gastos de difícil justificación es del 3 % en lugar del 7 %.
¿Puedo pedir la tarifa plana si ya fui autónomo hace años?
Sí, siempre que hayan pasado al menos dos años desde tu última baja en el RETA. Ese plazo se amplía a tres años si en aquel periodo ya disfrutaste de la tarifa plana u otra bonificación equivalente. Es un requisito que la Seguridad Social comprueba automáticamente al tramitar el alta.
Te calculamos qué vas a pagar antes de darte de alta
Si estás valorando hacerte autónomo, lo útil no es la cifra media sino la tuya: con tu previsión de ingresos y gastos te decimos qué tramo te toca, si tienes derecho a tarifa plana y cuánto vas a pagar el primer año entre cuota e impuestos. En Gestoría Tomás lo hacemos antes de tramitar nada. Llámanos al 971 72 24 32 o mira nuestra gestoría para autónomos en Mallorca.
Este contenido es orientativo y no sustituye un asesoramiento personalizado.




