Los intereses por demora se pueden generar de dos formas, por un lado, Hacienda es la que se retrasa en la devolución y por otro, es el contribuyente quien se retrasa en el pago de un impuesto o en la declaración de la renta. En este último escenario deberemos abonar un recargo por esta demora en la deuda.
¿Cuándo puede pagarnos intereses Hacienda?
Parece un caso raro pero no lo es tanto. Ahora que estamos en el periodo de la declaración de la Renta 2021, puede que Hacienda se retrase en la devolución del importe resultante del IRPF.
Si llega el 31 de diciembre y no nos han devuelto el dinero, se aplicará un interés de demora por el cambio del valor del dinero con el paso del tiempo. Este es un interés fijo y viene dado por el Gobierno, una cifra que se aprueba en la Ley de Presupuestos del Estado. Este año, este tipo de interés corresponde al 3,75%.
¿Cómo se hace el cálculo de estos intereses?
Es realmente sencillo al ser un tipo de interés fijo. Se tiene en cuenta el tiempo que ha transcurrido desde la siguiente fecha al último día de pago.
Por ejemplo, al tener tiempo hasta el 31 de diciembre si no se efectúa el abono ese día, se contará desde el día siguiente (1 de enero) hasta el día en que se haga la transferencia. Supongamos que se lleva a cabo el 31 de enero: pagarán esos intereses por demora por 31 días.
Si somos nosotros los que nos retrasamos en un pago a Hacienda, se aplica la misma norma. Desde el día siguiente del vencimiento del pago se cotiza para el cálculo de los intereses.
¿Cuándo se pueden aplicar los intereses por demora?
Si la que tiene que devolver es Hacienda a la hora del aplazamiento de la deuda de la seguridad social solo se aplicará si se demora en el pago de una devolución. En el caso de que sea el contribuyente quien se está retrasando, los supuestos son más, revísalos aquí abajo:
- Por una deuda o sanción más allá del vencimiento acordado
- Por la presentación de una declaración o autoliquidación pendiente de pago y llegue a estar fuera del plazo.
- Cobro de una devolución por error. Si Hacienda se equivoca y te devuelve una cantidad que no te corresponde, deberás devolverla con intereses.
- Procedimiento de apremio. Es la ejecución forzosa mediante la cual Hacienda ha exigido el pago de la deuda pendiente.
Si eres autónomo o tienes una empresa, cada vez que solicitas un aplazamiento en el pago de impuestos, también se pagan esos intereses por demora. Revisa la documentación y fíjate que en la propuesta de acuerdo y liquidación aparece reflejada la cuota y el montante que pertenece a los intereses.
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