Despido con Contrato Indefinido, ¿Qué ocurre?

¿Necesitas tramitar un despido con contrato indefinido? En este artículo te contamos lo que ocurre. Gestoría Especializada en Laboral.

Toda relación laboral está regida por un acuerdo entre las partes, al cual solemos denominar contrato y este puede ser verbal o escrito. Muchas veces se celebran contratos laborales con un tiempo específico de duración y al culminar el mismo cesa la relación laboral.

También puede darse el caso de que el contrato no tenga una fecha de expiración, es decir, sea indefinido. ¿Esto quiere decir que la empresa o el trabajador no pueden terminar la relación laboral? La respuesta es No, existen legalmente múltiples maneras de extinguirla, incluso mediante un despido con contrato indefinido.

En estos casos, la extinción de la relación laboral no obedece al paso del tiempo, sino a la voluntad de la empresa de prescindir de dicho trabajador o grupo de trabajadores incluso.

Sin embargo, también es necesario considerar que para que pueda darse un despido con contrato indefinido, la Ley del Estatuto de Trabajadores prevé ciertos supuestos y pasos que deben cumplirse.

¿Cuánto es la indemnización por despido con contrato indefinido?

Es posible realizar un despido con contrato indefinido alegando causas de despido objetivas o disciplinarias. Según sea el caso la empresa tendrá, o no, la obligación de pagar una indemnización al o los trabajadores.

  • En el caso del despido con contrato indefinido por causas objetivas, la empresa está obligada a pagar una indemnización de 20 días de salario por cada año de trabajo, hasta un máximo de 12 mensualidades.

Ahora bien, puede darse el caso de que este despido laboral sea denunciado por el trabajador ante la autoridad competente por no estar fundado, si esta demanda procede y se califica el despido como improcedente entonces la indemnización aumentaría de 20 a 33 días y el monto máximo ya no sería de 12 meses sino de 24 meses.

  • En el caso del despido con contrato indefinido por causas disciplinarias, la empresa no está en la obligación de pagar ningún tipo de indemnización al trabajador. Esto se debe a que en estos casos el despido opera por una falta grave imputable al empleado.

Te recomendamos la lectura acerca del despido nulo o improcedente.

¿Cómo se puede despedir a un trabajador con contrato indefinido?

La relación laboral, a pesar de ser indefinida, puede extinguirse en cualquier momento, alegando alguna de las causas previstas en la Ley. Sin embargo, para hacerlo de la manera correcta es necesario que la empresa entregue al empleado, una carta de despido en donde se sustenten las causas que motivan el mismo, se otorgue un preaviso de 15 días y la indemnización correspondiente.

Si se tratara de un despido disciplinario, la empresa no está en la obligación de otorgar este preaviso ni la indemnización, pero si de sustentar los motivos de dicho despido.

Es importante acotar que, este periodo de preaviso tiene la finalidad de dar un lapso al trabajador para que encuentre un nuevo trabajo. Por esta razón, durante estos 15 días del preaviso, la empresa debe conceder hasta 6 horas diarias de permiso remunerado al trabajador con la finalidad de que este se ausente para buscar un nuevo empleo.

Muchas empresas incluso optan por no requerir la presencia del empleado durante este periodo de preaviso, pero de igual manera deben cancelar el salario de estos 15 días.

¿Qué causas de despido no dan derecho a indemnización?

Cuando el despido obedece a razones disciplinarias, la empresa no está en la obligación de pagar al empleado una indemnización, más allá del finiquito si correspondiere por el tiempo de trabajo.

Esto se debe a que el despido disciplinario ocurre cuando es el trabajador quien de forma culpable falta gravemente a sus deberes.

La Ley del Estatuto de Trabajadores establece en su artículo 54 siete causas de despido disciplinario, que son las siguientes:

  1. Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
  2. La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
  3. Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
  4. La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
  5. La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
  6. La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
  7. El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.

En todo caso, si la empresa alega cualquiera de estas causales como motivo del despido con contrato indefinido, es importante que dichas causas estén vigentes.

Cualquiera de estas faltas puede caducar y no ser consideradas como motivo de despido disciplinario si se alegan 60 días después de que la empresa tuvo conocimiento de la misma. Y, en todo caso si han transcurrido más de 6 meses desde que se produjo el ultimo acto de la falta.

Por último, también es necesario recordar que, aunque el despido disciplinario no genere obligación de preaviso ni de indemnización a favor del trabajador, la empresa sí debe notificar del mismo con la debida fundamentación y respaldo que acrediten dicha falta.

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