Despido Laboral – Todo lo que necesitas saber

¿Quieres saber todo lo que necesitas conocer del despido laboral? En este artículo te lo contamos. Gestoría especializada en Laboral.

Toda Gestión de Recursos Humanos de una empresa debe considerar no solo la captación, organización y desarrollo de los talentos de la misma, sino también un manejo adecuado de los casos de despido laboral.

Aunque todo empresario está en su derecho de terminar una relación laboral, la tramitación de la misma debe realizarse siguiendo los parámetros establecidos en la ley. De no hacerlo de esta manera se corre el riesgo de que sea despido declarado improcedente o nulo.

¿Qué se considera despido?

Es una forma de culminación de la relación laboral que se da por decisión unilateral del empresario. En estos casos se abre la posibilidad de indemnizaciones a favor del trabajador.

La Ley del Estatuto de Trabajadores del Real Decreto Legislativo 2/2015 del 23 de octubre, establece todo un marco normativo que regula las relaciones laborales. Respecto a la terminación de la relación laboral establece que la misma puede darse debido a:

  • Mutuo acuerdo
  • Expiración del tiempo convenido
  • Voluntad del trabajador
  • Invalidez, jubilación o muerte del trabajador
  • Despido laboral, ya sea colectivo o individual

Tipos de Despidos Laborales

La culminación de la relación de trabajo por despido laboral puede estar enmarcada en cualquiera de estas categorías.

Despido colectivo

Es aquel despido laboral que opera cuando una empresa se ve en la necesidad de terminar la relación con un grupo de trabajadores, por causas económicas, técnicas, organizacionales o productivas.

En cuanto al número de trabajadores, este se calcula de la siguiente manera:

  • Al menos 10 para el caso de empresas con una plantilla que no supere los 100 empleados
  • 10 % para las que tengan entre 100 y 300 trabajadores
  • 30 trabajadores para las compañías con más de 300 empleados.

Motivos económicos

En este caso la empresa alega como causa la imposibilidad de costear los salarios de los trabajadores, debido a una disminución persistente de sus ingresos e incluso pérdidas en el balance económico.

Motivos técnicos

La inclusión de nuevas tecnologías y maquinarias en los métodos de producción de la empresa, lo cual conlleva a que el puesto de trabajo ya no sea necesario o que el empleado no pueda adaptarse a estas nuevas condiciones. Es importante acotar que la empresa previamente debe haber ofrecido la capacitación técnica para actualizar las habilidades de los trabajadores.

Motivos organizacionales

Esta opera cuando se producen cambios en los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción.

Motivos productivos

Cuando se susciten cambios en la demanda de los productos y servicios ofertados por la empresa. Estos cambios pueden implicar una reducción en la producción e incluso la eliminación de dicho apartado, lo cual supone una reducción del personal de dicha área.

Despido objetivo

Es aquel que se da por voluntad del empleador al concurrir causas establecidas en la Ley del Estatuto de los Trabajadores, las cuales son:

Por ineptitud del trabajador

Es decir, la falta de capacidad del trabajador para ejecutar las funciones para las cuales fuere contratado inicialmente. Para que opere este tipo de despido es necesario que dicha ineptitud sea sobrevenida, es decir, que no se conociere antes de la colocación efectiva dentro de la empresa.

Por falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas

Cuando existan modificaciones técnicas en el puesto del trabajo del trabajador que no modifiquen la esencia del mismo y el empleado no pueda adaptarse a las nuevas exigencias. Para que opere esta causal es necesario que el empleador haya ofrecido previamente una capacitación sobre las nuevas actualizaciones técnicas del puesto laboral.

Motivos económicos, técnicos, organizacionales o productivos

En este caso aplican las mismas causas que pueden dar lugar a un despido colectivo pero que no llegan a afectar la cantidad de trabajadores prevista en el estatuto según la plantilla laboral de la empresa.

Despido disciplinario

En este caso el despido laboral se da por una falta disciplinaria grave e imputable a la conducta inapropiada del trabajador. Estas son algunas de las faltas graves que prevé la Ley del Estatuto de los Trabajadores:

  1. Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
  2. La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
  3. Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
  4. La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
  5. La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado.
  6. La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
  7. El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.

¿Cuántos días por año trabajado por despido laboral?

La culminación de la relación por despido laboral acarrea una indemnización a favor del trabajador de 20 días de salario por cada año. Si la relación ha durado menos de un año entonces se hará el cálculo según los meses correspondientes.

Si el despido fuere calificado como improcedente entonces se realiza el cálculo a 33 días de salario por cada año hasta un máximo de 24 mensualidades.

¿Cuánto es la indemnización por despido?

El cálculo del monto dependerá del salario devengado por el trabajador para el momento de culminación de la relación laboral. Será de 20 días de salario por cada año hasta un máximo de 12 mensualidades en caso de despido procedente y 33 días hasta un máximo de 24 mensualidades en caso de despido improcedente.

Te recomendamos la lectura: Diferencias entre Indemnización y Despido.

¿Qué pasa con un despido de contrato indefinido?

Un despido con contrato indefinido puede rescindirse en cualquier momento, basado en cualquiera de las causales mencionadas anteriormente. Ahora bien, es necesario que el empresario de al trabajador un preaviso de al menos 15 días al momento de entregarle la comunicación de su despido laboral.

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