Asesoría Fiscal de Criptomonedas en Mallorca

Asesoría fiscal de criptomonedas en Gestoría Tomás, Mallorca

La asesoría fiscal de criptomonedas consiste en calcular y declarar correctamente las operaciones con criptoactivos: compraventas, permutas entre monedas, staking, minería y airdrops. Las ganancias tributan en la base del ahorro del IRPF entre el 19 % y el 30 % en 2026, y quien tenga más de 50.000 € en plataformas extranjeras a 31 de diciembre debe presentar además el modelo 721. Desde 2026 los exchanges españoles informan a Hacienda de saldos y operaciones, así que el margen para no declarar ha desaparecido.

Cada año llega alguien a nuestra oficina de Palma con una carpeta de capturas de pantalla, tres exchanges distintos y una carta de Hacienda encima de la mesa. La conversación siempre empieza igual: «yo no he sacado el dinero al banco, así que no tengo que declarar nada, ¿no?». Sí hay que declararlo. Y ese malentendido es hoy la causa número uno de paralelas y sanciones en criptoactivos.

Si operas con criptomonedas y vives en Mallorca, esta es la página que explica qué hay que declarar, cuánto se paga y qué hacemos nosotros por ti. Llevamos desde 1971 haciendo declaraciones en Palma; los criptoactivos son nuevos, pero las reglas del IRPF que se les aplican no lo son tanto.

¿Qué operaciones con criptomonedas hay que declarar en la renta?

Hay que declarar toda operación que genere una alteración patrimonial, aunque el dinero nunca haya pasado por tu banco. Vender bitcoin por euros tributa, pero también cambiar bitcoin por ethereum, pagar con cripto o cobrar recompensas. El error clásico es pensar que solo tributa la retirada a cuenta bancaria: la permuta entre dos criptomonedas ya es una ganancia o pérdida patrimonial.

En la práctica, estas son las operaciones que revisamos una por una cuando alguien nos trae su histórico:

  • Venta de criptomonedas a cambio de euros u otra moneda fiat.
  • Permuta de una criptomoneda por otra, aunque no toques el dinero.
  • Pago de bienes o servicios con criptoactivos.
  • Recompensas de staking, lending o farming, que van como rendimientos del capital mobiliario.
  • Airdrops y recompensas promocionales de los exchanges.
  • Minería, que se considera actividad económica y obliga a darse de alta como autónomo.

Cada tipo de operación va a una casilla distinta de la declaración, y ahí es donde se cometen la mayoría de los fallos. El staking no tributa igual que una venta. La minería no tributa igual que un airdrop. Si todo se mete en el mismo saco, el resultado es una declaración que no cuadra con lo que Hacienda ya tiene fichado.

¿Cuánto se paga por las ganancias en criptomonedas en 2026?

Las ganancias por vender o permutar criptomonedas tributan en la base del ahorro del IRPF, con una escala progresiva que en 2026 va del 19 % al 30 %. No se aplica el tipo de tu nómina: la base del ahorro tiene tarifa propia, según la Ley 35/2006 del IRPF, y eso normalmente juega a favor del contribuyente.

Ganancia acumulada en el añoTipo aplicable en 2026
Hasta 6.000 €19 %
De 6.000 € a 50.000 €21 %
De 50.000 € a 200.000 €23 %
De 200.000 € a 300.000 €27 %
Más de 300.000 €30 %

El último tramo subió del 28 % al 30 % con la Ley 7/2024, con efectos desde el ejercicio 2025. La escala se aplica por tramos, no de golpe: si ganas 8.000 €, los primeros 6.000 € van al 19 % y solo los 2.000 € restantes al 21 %.

Y aquí está la clave que casi nadie aprovecha: las pérdidas también se declaran, y compensan. Si vendiste con pérdida en un año malo, ese saldo negativo se compensa con las ganancias del mismo ejercicio y, lo que sobre, con los cuatro ejercicios siguientes. Hemos visto declaraciones donde el cliente solo había apuntado las operaciones ganadoras porque «las malas mejor olvidarlas». Se pagó de más, y se podía haber evitado. Puedes ver el detalle del cálculo en nuestro artículo sobre cómo tributan las criptomonedas en España.

¿Qué información tiene Hacienda sobre tus criptomonedas desde 2026?

Bastante más de la que la mayoría imagina. Desde 2026 los exchanges y plataformas residentes en España presentan los modelos 172 y 173 ante la Agencia Tributaria, informando de los saldos de sus clientes y de las operaciones realizadas. A eso se suma la directiva europea DAC8, que obliga al intercambio automático de información entre los países de la UE sobre criptoactivos.

Traducido: cuando presentas la renta, Hacienda ya sabe qué operaciones has hecho en las plataformas que informan. Si tu declaración dice una cosa y el modelo 173 del exchange dice otra, salta la comprobación. No es una amenaza teórica, es lo que estamos viendo en las cartas que nos llegan de clientes nuevos desde principios de este año.

La ocultación de operaciones se sanciona bajo el régimen general de la Ley General Tributaria, con recargos que aumentan cuanto más se tarda en regularizar. Regularizar antes de recibir el requerimiento siempre sale más barato que hacerlo después: es la diferencia entre un recargo por declaración extemporánea y una sanción por infracción tributaria. Lo desarrollamos en detalle en qué pasa si no se declaran las criptomonedas.

¿Quién tiene que presentar el modelo 721 y hasta cuándo?

Está obligado a presentar el modelo 721 todo residente fiscal en España que, sumando sus criptomonedas custodiadas en plataformas situadas en el extranjero, supere los 50.000 € a 31 de diciembre. Es una declaración informativa: no se paga nada con ella, pero no presentarla teniendo la obligación tiene consecuencias.

El plazo del modelo 721 correspondiente a 2025 terminó el 31 de marzo de 2026. Tres matices que provocan la mayoría de las dudas:

  1. El límite de 50.000 € se mira al cierre del año, no en el momento de máxima cotización.
  2. Solo cuentan las criptomonedas custodiadas por terceros en el extranjero: si están en un monedero frío del que solo tú tienes las claves, no entran en el 721.
  3. Presentarlo un año no te libera de los siguientes; hay que volver a presentarlo cuando el saldo aumenta por encima de ciertos umbrales.

Si tienes dudas sobre si te tocaba presentarlo y no lo hiciste, conviene revisarlo antes de que llegue el requerimiento. Es exactamente el tipo de caso que resolvemos en el día a día de nuestro departamento fiscal en Palma de Mallorca.

Qué incluye nuestro servicio de asesoría fiscal de criptomonedas en Mallorca

Trabajamos con el histórico completo, no con un resumen. Nos das acceso al export de operaciones de cada exchange o monedero y nosotros reconstruimos la trazabilidad fiscal de cartera: qué compraste, a qué precio, qué vendiste y con qué método de valoración.

  • Reconstrucción del histórico de operaciones de todos tus exchanges y wallets.
  • Cálculo de ganancias y pérdidas con el criterio FIFO que exige la normativa española.
  • Integración en tu declaración de la renta completa, no como un anexo suelto.
  • Estudio y compensación de pérdidas de ejercicios anteriores.
  • Presentación del modelo 721 cuando procede.
  • Alta como actividad económica y llevanza fiscal si minas o si operas de forma profesional.
  • Respuesta a requerimientos, paralelas y comprobaciones de la Agencia Tributaria.

La diferencia con un servicio 100 % online es simple: aquí tu declaración de criptomonedas la ve la misma persona que lleva tu IRPF, tu alquiler y tu actividad. La cripto casi nunca viene sola, y tratarla como un expediente aparte es la forma más rápida de que algo no cuadre.

¿Cuánto cuesta un gestor de criptomonedas en Palma?

El precio depende del volumen de operaciones y del número de plataformas, no del importe de tu cartera. Una declaración con un solo exchange y unas decenas de operaciones se mueve en un rango parecido al de una renta con complejidad media; los casos con miles de operaciones, DeFi o varios años pendientes de regularizar se presupuestan aparte, porque el trabajo real es la reconstrucción del histórico.

Lo que sí hacemos siempre antes de empezar: mirar tus exports y decirte a qué te enfrentas. Si el caso es sencillo y puedes resolverlo tú, te lo diremos. Y si detectamos ejercicios anteriores mal declarados, te damos el coste de regularizarlos por separado, para que decidas con la cifra delante.

Cuándo NO necesitas una asesoría fiscal de criptomonedas

No todo el mundo necesita un servicio especializado, y decirlo nos ahorra tiempo a los dos:

  • Si compraste hace años y no has vendido, permutado ni cobrado recompensas, no hay ganancia que declarar todavía. Solo compra y custodia: no hay hecho imponible.
  • Si tienes menos de 50.000 € fuera de España y no has operado en el ejercicio, tampoco te toca el modelo 721.
  • Si tu única operación del año fue una venta pequeña en un exchange español, con tu resumen fiscal anual y una renta bien hecha suele bastar.

Donde sí compensa una asesoría fiscal de criptomonedas es cuando hay varios exchanges, permutas entre monedas, staking, años sin declarar o una carta de Hacienda de por medio.

Preguntas frecuentes sobre la asesoría fiscal de criptomonedas

¿Hay que declarar las criptomonedas si no las he vendido por euros?

Si solo has comprado y mantienes las criptomonedas, no hay ganancia patrimonial que declarar en el IRPF. Ahora bien, sí puede existir obligación informativa: el modelo 721 si superas los 50.000 € en plataformas extranjeras a 31 de diciembre, y el impuesto sobre el patrimonio si tu patrimonio total supera el mínimo exento de Baleares. Tener no tributa; operar, sí.

¿Cambiar bitcoin por otra criptomoneda tributa en España?

Sí. La permuta entre criptomonedas es una alteración patrimonial y genera ganancia o pérdida en el momento del cambio, aunque no recibas euros. Se calcula por la diferencia entre el valor de mercado de lo que entregas y su valor de adquisición. Es el punto que más declaraciones complementarias provoca, porque mucha gente acumula decenas de permutas sin saber que cada una tributa.

¿Qué pasa si llevo años operando con criptomonedas y no lo he declarado?

Se puede regularizar de forma voluntaria presentando declaraciones complementarias de los ejercicios no prescritos, que son los cuatro últimos. Hacerlo antes de recibir un requerimiento supone un recargo por presentación extemporánea, bastante más barato que la sanción que se aplica cuando es Hacienda quien te descubre. Cuanto antes se regularice, menor es el recargo.

¿Se pueden compensar las pérdidas en criptomonedas con otras ganancias?

Sí. Las pérdidas por venta o permuta de criptomonedas se compensan primero con otras ganancias patrimoniales del mismo ejercicio y, si queda saldo negativo, con hasta el 25 % de los rendimientos del capital mobiliario. El resto se arrastra a los cuatro ejercicios siguientes. Por eso conviene declarar también los años malos: dejan crédito fiscal para los buenos.

¿Tenéis que ser mi gestoría para hacerme solo la parte de criptomonedas?

No. Podemos encargarnos únicamente del cálculo y la declaración de tus criptoactivos aunque tu contabilidad o tu nómina las lleve otro profesional. Dicho esto, la mayoría de clientes acaba unificándolo, porque cuando la cripto se declara aparte del resto del IRPF es más fácil que se dupliquen o se pierdan datos.

Habla con tu asesoría fiscal de criptomonedas en Palma

Si operas con criptoactivos y quieres dejar de improvisar cada mes de junio, escríbenos con tus exports y te decimos qué situación tienes antes de contratar nada. Somos una gestoría en Palma de Mallorca fundada en 1971, con oficina en el Passatge Particular de Santa Catalina de Sena 4 y personas que cogen el teléfono: 971 72 24 32 o info@gestoriatomas.com. Si te ha llegado una carta de Hacienda, no la dejes en el cajón: los plazos de respuesta son cortos.

Este contenido es orientativo y no sustituye un asesoramiento fiscal personalizado.

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